El test de antígenos será válido para la entrada de viajeros internacionales en Canarias
El Gobierno de Canarias ha decretado un conjunto de medidas, ya en vigor, destinadas a regular la entrada de viajeros internacionales a través de los aeropuertos y puertos del archipiélago. Entre las principales novedades destaca la validez del test de antígenos, más rápidos y económicos que los también admitidos PCR. Aquellos turistas que se vayan a alojar en establecimientos reglados podrán indicarlo en la declaración responsable que deben suscribir para entrar en las Islas y presentar el certificado negativo de la prueba en su alojamiento, acogiéndose así al Decreto ley 17/2020, de 29 de octubre.
Es importante destacar que estas medidas, publicadas el pasado 9 de diciembre en el BOC, no afectan a los viajeros procedentes del territorio nacional.
Las nuevas medidas no afectan a los viajeros procedentes del territorio nacional.
Según establece el Decreto, los pasajeros que lleguen de otros países tendrán que suscribir una declaración responsable, someterse a un control de sintomatología y presentar el resultado negativo de un test diagnóstico realizado en las 72 horas previas a la llegada a las Islas o aislamiento en destino, quedando excluidos de los test los menores de 6 años. Como se comentaba anteriormente, los turistas pueden presentar el test en el establecimiento turístico reglado, siempre que lo especifiquen en la declaración responsable.
Estas medidas estarán en vigor hasta el 10 de enero o cuando finalice el Estado de Alarma, pudiendo ser prorrogable.
Tipos de test válidos
En el Anexo del Decreto se establecen las pruebas admitidas de Diagnóstico de Infección Activa por SARS-CoV-2. Además de la PCR (RT-PCR de COVID-19), se validan también los test rápidos de detección de antígenos de SARS-CoV-2 con una especificidad de más del 97% y una sensibilidad de más del 80%, de acuerdo con la homologación correspondiente de un país de la Unión Europea o del espacio económico europeo.
En cualquiera de los test deben aparecen los siguientes datos del viajero:
- Nombre, apellidos y número del documento de identificación.
- Centro sanitario autorizado que realiza la prueba y sus datos de contacto.
- Tipo, marca y homologación de la prueba.
- Fecha y hora de realización.
- Resultado de la prueba.
- En las pruebas de antígeno, deberá reflejarse la especificidad y sensibilidad homologada.
Aislamientos
En caso de no haberse realizado la prueba antes de viajar, el pasajero puede hacerlo en las Islas en las 72 horas siguientes, pero deberá mantenerse en aislamiento en su residencia o en el alojamiento turístico hasta la obtención de los resultados. Si el viajero no se realiza la prueba, ni en origen ni en destino, deberá someterse a un confinamiento de 14 días.
La web de Islas Canarias irá actualizando la información de interés para los turistas.
Toda la información destinada a los turistas se irá actualizando en la web de Islas Canarias, donde se añadirá nuevo contenido en las preguntas frecuentes para que conozcan de primera mano y de manera veraz en qué les afecta el nuevo Decreto. Esta información está en español, inglés, francés, italiano, sueco, holandés, polaco, ruso y alemán.
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