Servicio Canario de Empleo | Subvención con cargo al Programa de Incentivos a la Contratación Laboral de personas jóvenes desempleadas incluidas en el SNGJ denominado Programa de Incentivos al Empleo Joven-INCENTÍVATE
Plazo de presentación: desde el 17/1/2023 00:00 hasta el 18/4/2023 23:59
Estado: Abierta
Objeto: Incentivar la contratación, en la modalidad de formación en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena o contrato formativo para la obtención de la práctica profesional, de personas jóvenes inscritas en situación de beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ) y en el Servicio Canario de Empleo (SCE) en la condición de demandantes de empleo desempleadas.
A quién está dirigido: Empresas Inicio del trámite: Interesado Beneficiarios: Cualquier entidad, ya sea persona física o jurídica, con capital íntegramente privado, acogida a cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, que formalice nuevos contratos laborales de la tipología prevista en las bases, o presenten en el momento de la Solicitud, un compromiso de contratación con arreglo a lo previsto en las mismas.
A estos efectos, tendrán la consideración de personas físicas aquellos trabajadores autónomos que cumplan los requisitos de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo.
Requisitos previos: Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, las personas que acrediten los requisitos contemplados en las Bases Reguladoras, y más concretamente en su Base Segunda.
Modalidades de contratos a subvencionar:
- Para la formación en alternancia con el trabajo retribuido pro cuenta ajena.
- Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional.
Cuantía: La cuantía de subvención a conceder, a las entidades que resulten beneficiarias de subvención, queda establecida en función de los siguientes criterios:
- Contrataciones formalizadas por los siguientes períodos de suscripción, considerando los mínimos y máximos establecidos a continuación:
- Contrato de formación en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena:
- Superior a 6 meses e inferior a 12 meses: 3.000,00 €
- 12 meses e inferior a 24 meses: 4.000,00 €
- 24 meses: 5.000,00 €
- Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional:
- Superior a 6 meses e inferior a 12 meses: 3.500,00 €
- 12 meses: 4.000,00 €
- Contrato de formación en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena:
El importe de subvención que corresponda, en aplicación de los criterios anteriormente establecidos, se incrementará en quinientos euros (500,00 €) más, para ambas modalidades de contratación, si la contratación es formalizada con personas, que cumpliendo el resto de los requisitos establecidos en la bases reguladoras del programa, pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
-Personas con discapacidad.
-Personas jóvenes que no tengan más de 3 meses de experiencia laboral: no se tendrá en cuenta para el cálculo las prácticas que formen parte de los currículos para la obtención de las titulaciones o certificados correspondientes.
-Personas víctimas de violencia de género.
La acreditación de la pertenencia a alguno de los citados colectivos, se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en las Bases Reguladoras del programa.
- Los importes de subvención descritos se corresponden con contratos a jornada completa y considerando el tiempo de trabajo efectivo establecido como máximo, modulándose la cuantía de la subvención en caso contrario. En el supuesto de celebración de contratos a tiempo parcial para la modalidad de contratos formativos para la obtención de la práctica profesional, será aplicable el criterio de proporcionalidad, viéndose disminuida la correspondiente subvención, en atención a la jornada por la que se hubiere suscrito el contrato, que en cualquier caso no podrá ser inferior al 50% de la jornada ordinaria establecida en cada caso, o a aquella que se establezca en la convocatoria.
- En el caso de prórrogas de los contratos, realizadas más allá del periodo inicialmente concertado en el momento de solicitud y concesión de la subvención, así como los aumentos de jornada laboral, no supondrán un incremento de la subvención concedida. Tampoco dará derecho a cantidad adicional los casos de sustitución del puesto de trabajo subvencionado, así como en los supuestos de no haber sido identificada a la persona trabajadora a contratar con la presentación de la solicitud.
Plazo de presentación: desde el 17/1/2023 00:00 hasta el 18/4/2023 23:59 – Condición: Para los compromisos de contratación que se asuman, o contratos celebrados, en los meses de enero, febrero y marzo de 2023.
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