12 de abril de 2021

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Sanidad continuará con el control de pruebas diagnósticas de COVID-19 de viajeros nacionales que llegan a Canarias

El Boletín Oficial de Canarias (Extraordinario) de hoy lunes 12 de abril publica la ORDEN de 10 de abril de 2021, por la que se dispone la realización de cribados mediante pruebas diagnosticas de infección activa (PDIA) a los pasajeros y pasajeras que entren en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias procedentes del resto del territorio nacional, por vía aérea o marítima, para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.

Los viajeros procedentes del resto del territorio nacional deben entregar un certificado de prueba diagnóstica negativa válida para SARS-COV-2 hecha 72 horas antes de su llegada.

El certificado se debe entregar en los puestos de control establecidos para tal efecto por la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias en los seis aeropuertos canarios que reciben vuelos nacionales. Los viajeros que realicen transbordo de aeropuerto entre islas deben acudir al control del primer aeropuerto en el que desembarquen para presentar su certificado de prueba diagnóstica negativa.

Las pruebas diagnósticas de infección activa admitidas, a elección del pasajero, son:

– PCR (RT-PCR de COVID-19)

– Test rápidos de detección de antígenos de SARS-CoV-2 con una especificidad de más del 97% y una sensibilidad de más del 80%, de acuerdo con la homologación correspondiente de un país de la Unión Europea o del espacio económico europeo

– Amplificación Mediada por Trascripción (TMA)

En el caso de los movimientos entre las islas, y una vez finalizadas las medidas específicas y temporales para Semana Santa, se elimina la obligatoriedad de presentar PDIA negativa. Si bien las islas que se encuentren en los niveles de alerta 1 y 2 no tienen restringida su entrada y salida, a las que estén en los niveles 3 y 4 solo se podrá entrar y salir justificando el movimiento en función de las excepciones establecidas.

Además, los pasajeros nacionales e internacionales que acrediten su estancia en algún alojamiento turístico reglado del Archipiélago estarán obligados a presentar una prueba diagnóstica negativa a la hora de registrarse en el establecimiento.

ORDEN de 10 de abril de 2021, por la que se dispone la realización de cribados mediante pruebas diagnosticas de infección activa (PDIA) a los pasajeros y pasajeras que entren en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias procedentes del resto del territorio nacional, por vía aérea o marítima, para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.

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